El Consejo de la Abogacía se sumó al rechazo del pedido de intervención federal del Poder Judicial de la provincia

13/05/2025

Al igual que el Colegio de la Magistratura y la Función Judicial de la Provincia de Formosa, el Consejo Profesional de la Abogacía, se sumó al rechazo por el pedido de intervención federal del Poder Judicial de Formosa, formulado recientemente por la diputada Gabriela Neme ante el Honorable Senado de la Nación.

Al respecto, el presidente del Consejo, Horacio Gorleri, expresó que “nosotros tenemos una función importante, como institución en defensa del Estado de derecho de las autonomías provinciales de la separación de los poderes, de la independencia del Poder Judicial y, de alguna forma, somos partícipes de la justicia como auxiliares de ella”.

“Nos manifestamos en el conocimiento de un pedido de intervención al Poder Judicial porque creemos que no están dadas las condiciones ni fundamentos y que eso solamente trae zozobra a una sociedad que está con muchos problemas y que tampoco concuerdan con la realidad de la justicia en Formosa”, indicó.

Respecto a la intención de este tipo de pedidos por parte de la referente de un sector opositor, Gorleri consideró que “no es mi función ni podría decirlo” porque “corresponde a la subjetividad de quién la presentó”, pero, aclaró “sí nosotros objetivamente pensamos que no es la realidad acá en Formosa”.

“Es más, nosotros podemos, como varias veces, manifestar con el mismo Superior Tribunal de Justicia donde le hacemos llegar algunas inquietudes y preocupaciones de los colegas pero de ningún modo sustentan este pedido de intervención al Poder Judicial que es una medida muy extrema a todo nivel”, concluyó.

Pronunciamiento

El pronunciamiento que se dio a conocer desde el organismo, expresa que “el Consejo Profesional de la Abogacía de Formosa, en cumplimiento de su función institucional, tiene entre sus fines velar por la vigencia del Estado de Derecho, la división de poderes, la independencia del Poder Judicial y el respeto al principio de autonomía de las provincias consagrado en la Constitución Nacional”.  

Que la intervención federal, prevista en el artículo 6 de la Constitución Nacional, constituye un remedio de carácter excepcional que sólo puede aplicarse en casos debidamente acreditados de alteración del orden institucional o de imposibilidad de normal funcionamiento de los poderes públicos.  

Que, en este caso, no se advierten elementos jurídicos ni fácticos de suficiente entidad que justifiquen la solicitud de intervención, ni se ha acreditado una situación de gravedad institucional que afecte la vigencia de la forma republicana de gobierno en la Provincia de Formosa.  

Que la invocación genérica de supuestos déficits estructurales o disconformidades con decisiones jurisdiccionales no constituye por sí misma fundamento válido para una intervención federal, menos cuando existen mecanismos institucionales y constitucionales ordinarios para canalizar críticas o reclamos en el marco del Estado de Derecho. 

Que toda pretensión de interferir al Poder Judicial de una provincia debe analizarse de forma restrictiva, conforme a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a fin de preservar la autonomía de las provincias, la estabilidad institucional y el equilibrio republicano.  

Que el Consejo Profesional de la Abogacía de Formosa reafirma su voluntad de contribuir al fortalecimiento del sistema judicial provincial, promoviendo la transparencia, el acceso a la justicia y la participación de la ciudadanía, pero siempre dentro del marco legal vigente y del respeto a la institucionalidad.  

Que es responsabilidad de las instituciones profesionales manifestarse con claridad ante intentos de utilización política de herramientas constitucionales extraordinarias, que lejos de fortalecer la institucionalidad, pueden agravar la desconfianza y la crispación social.  

Por ello:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL CONSEJO PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA DE FORMOSA RESUELVE: 

ARTÍCULO 1°: Rechazar, por improcedente y carente de fundamentos jurídicos válidos, el pedido de intervención federal al Poder Judicial de la Provincia de Formosa, al no encontrarse configurados los supuestos de excepción establecidos por el artículo 6 de la Constitución Nacional. 

ARTICULO 2°: Ratificar el compromiso de este Consejo con la defensa del Estado de Derecho, la independencia del Poder Judicial y la plena vigencia del principio federal que garantiza la autonomía de las provincias en el ejercicio de sus poderes.

ARTICULO 3°: Instar al debate democrático, responsable y respetuoso sobre el funcionamiento del sistema judicial, dentro de los canales institucionales previstos por la Constitución y las leyes. 

ARTICULO 4°: Regístrese, notifíquese, publíquese y archívese. 

DRA. SANDRA GRACIELA BÁEZ

Vicepresidente

Consejo Profesional de la Abogacía 

DR. HORACIO GUSTAVO GORLERI

Presidente 

Consejo Profesional de la Abogacía

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